Tipos de empresas (según su forma jurídica)

Al momento de constituir legalmente una empresa, una decisión importante que se debe tomar es el tipo de empresa que será según su forma jurídica.

La forma jurídica de una empresa establece las reglas y normas que regulan su constitución y funcionamiento, así como las obligaciones y responsabilidades de los socios o propietarios con respecto a aspectos legales y fiscales.

Existen diversas formas jurídicas que una empresa puede adoptar, cada una con características y requisitos particulares. Por ejemplo, una Empresa Individual no requiere un mínimo de capital para su constitución, mientras que una Sociedad Anónima sí requiere uno, además de emitir acciones.

Para elegir la forma jurídica adecuada se deben tomar en cuenta factores tales como el tamaño de la empresa, el número de socios o propietarios, el capital disponible, las obligaciones fiscales, los objetivos de la empresa, entre otros.

La elección del tipo de empresa según su forma jurídica es una decisión importante ya que permite el buen funcionamiento de la empresa dentro de las normas legales del país en donde opera, por lo que siempre es recomendable hacerla con la ayuda de un asesor legal o fiscal.

Definiciones previas

Antes de conocer los principales tipos de empresas que existen según su forma jurídica, para poder entender mejor sus características, y así poder elegir la adecuada, podría ser necesario conocer la definición de algunos términos relacionados:

  • Persona natural: persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal, garantizando con sus bienes personales la eventualidad de embargo o quiebra de la empresa (tiene responsabilidad ilimitada).
  • Persona jurídica: empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a su nombre. Tiene responsabilidad limitada ya que sus obligaciones se limitan a los bienes que tenga a su nombre (capital y patrimonio). Es denominada persona jurídica ya que existe solo para fines legales.
  • Nombre Comercial: nombre de la empresa. Se da en el caso de las Empresas Unipersonales. Por ejemplo, «Automotriz San Juan», en donde «San Juan» es el nombre comercial. Se sabe que es una Empresa Unipersonal ya que no tiene siglas (por ejemplo, E.I.R.L., S.R.L., S.A., etc.).
  • Denominación y Razón social: se da en el caso de las sociedades. Denominación es el giro de la sociedad, y razón social es el nombre de uno de los socios. Por ejemplo, «Panetón D’onofrio S.A.», donde «Panetón» es la denominación, y «D’onofrio» es la razón social.
  • Sociedad: unión de 2 o más personas con el fin de ganar dinero o utilidades.
  • Participaciones sociales y Acciones: partes en las que se divide el capital inicial de una sociedad. Al momento de crear una sociedad, a cada socio le corresponde un porcentaje de participación social o un número de acciones de acuerdo con el aporte realizado. Al momento de repartir las utilidades de la sociedad, estas se reparten en forma proporcional al porcentaje de participación social o al número de acciones que posea cada socio. La principal diferencia que existe entre participaciones sociales y acciones es que las primeras solo pueden cederse; mientras que las segundas pueden transferirse o venderse.
  • Junta General de Socios: órgano máximo de toda sociedad. Está conformada por todos los socios, los cuales se reúnen, toman decisiones y hacen acuerdos.
  • Directorio: órgano colegiado exclusivo de las Sociedades Anónimas, nombrado por la Junta General. Sus funciones son representar a la sociedad legalmente, y nombrar a los miembros de la Gerencia, así como determinar sus respectivas remuneraciones.
  • Gerencia: órgano de administración y de representación legal de la sociedad. Sus miembros pueden ser socios o no de la sociedad, y son nombrados por la Junta General de Socios, la cual determina también la duración del cargo (fija o indeterminable) y las remuneraciones. Entre sus funciones están representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente, y representar a la sociedad en todas las operaciones comerciales.
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Ten en cuenta que las formas jurídicas, así como las características de cada una que vamos a presentar a continuación, deben tomarse de manera referencial, ya que estas suelen variar de un país a otro. Por tanto, al momento de elegir una forma jurídica para tu empresa, debes investigar bien las formas jurídicas que existen en tu localidad.

Tipos de empresas

A continuación los principales tipos de empresas que existen según su forma jurídica, y que se pueden elegir al momento de constituir legalmente una empresa, así como sus principales características.

Tipos de empresas que se pueden constituir como persona natural:

Empresa Unipersonal

Empresa conformada por un solo propietario o dueño, el cual asume las obligaciones o deudas de la empresa a título personal y de forma ilimitada, garantizándolas con el patrimonio o los bienes personales que posea.

Principales características:

  • es el único tipo de empresa por el que se puede optar al constituir una empresa como persona natural.
  • tiene un solo propietario o dueño denominado «micro empresario».
  • el propietario asume la capacidad legal de la empresa y es responsable del manejo de esta.
  • ejemplos de Empresas Unipersonales se dan en el caso de tiendas de abarrotes, peluquerías, restaurantes, etc.

Tipos de empresas que se pueden constituir como persona jurídica:

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)

Empresa que también cuenta con un solo propietario o dueño; pero en donde a diferencia de lo que sucede en una Empresa Unipersonal, las obligaciones de la empresa solo se limitan al patrimonio que esta posea.

Principales características:

  • tiene un solo propietario o dueño denominado «titular».
  • funciona bajo una razón social y/o una denominación. Después de la razón social se deben constar las siglas E.I.R.L. (por ejemplo, «Joyería el Diamante E.I.R.L.»).
  • los órganos de mando son el Titular (propietario o dueño), que sería el órgano máximo de la empresa, y la Gerencia (órgano encargado de la administración y representación de la empresa) que puede estar conformado por el Titular mismo u otra persona.

Sociedad Colectiva (S.C.)

Empresa asociativa constituida por 2 o más socios, los cuales están comprometidos a participar en la gestión de la empresa con los mismos derechos y obligaciones. Obligaciones que solo se limitan al aporte de capital que hayan realizado.

Principales características:

  • generalmente está conformada por grupos homogéneos unidos por intereses comunes. Existe en ella una relación familiar y de confianza.
  • funciona bajo una razón social, no tiene denominación. La razón social puede estar conformada por los nombres de todos o solo de algunos de los socios. En ambos casos, añadiendo las siglas S.C. (por ejemplo, «Arias y Villa S.C.»).
  • el capital está conformado por participaciones sociales, no tiene acciones.
  • el órgano de mando está compuesto solo por la Junta General de Socios, no tiene Directorio ni Gerencia.
  • todos los socios administran y representan la sociedad.

Sociedad Comanditaria o En comandita (S. en C.)

Empresa conformada por 2 más socios en donde, igualmente, las obligaciones solo se limitan al patrimonio con que cuente la empresa.

Principales características:

  • funciona bajo una razón social, no tiene denominación.
  • el capital está conformado por participaciones sociales o por acciones (Sociedad Comanditaria por acciones).
  • el órgano de mando está compuesto solo por la Junta General de Socios, no tiene Directorio ni Gerencia.
  • los socios comanditos administran y representan la sociedad.

Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Empresa constituida por un mínimo de 2 y un máximo de 20 socios en donde, igualmente, las obligaciones solo se limitan al capital aportado.

Principales características:

  • funciona bajo una razón social y/o una denominación. Después del nombre deben seguir las siglas S.R.L. (por ejemplo, «Restaurante el Taco S.R.L.»).
  • el capital está representado por participaciones sociales (no tiene acciones) iguales, acumulables e indivisibles, las cuales no pueden ser incorporadas en títulos ni en valores.
  • los órganos de mando están compuestos por la Junta General de Socios y la Gerencia, no tiene Directorio.
  • la administración y representación está a cargo de uno o más gerentes, pudiendo ser socios o no.

Sociedad Anónima (S.A.)

Empresa conformada por un mínimo de 2 socios, no tiene un número máximo de socios.

Se le denomina anónima no porque se desconozca quién es el titular o propietario de las acciones, sino porque como las acciones son negociables y transferibles, estas pueden ser endosables o negociables una y otra vez.

Principales características:

  • funciona bajo una razón social y/o una denominación, seguido de las siglas S.A.
  • el capital está conformado por acciones, no por participaciones sociales.
  • los órganos de mando están compuestos por la Junta General de Socios, el Directorio y la Gerencia.
  • el presidente del Directorio es el representante legal, y la Gerencia General se encarga de la administración.

Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.)

Empresa constituida por un mínimo de 2 y un máximo de 20 socios.

Principales características:

  • funciona bajo una razón social y/o una denominación, seguido de las siglas S.A.C.
  • el capital está conformado por acciones, no por participaciones sociales.
  • los órganos de mando están compuestos por la Junta General de Socios, el Directorio (en este caso es opcional), y la Gerencia.
  • el presidente del Directorio es el representante legal, y la Gerencia General se encarga de la administración.
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